Un asistente sale corriendo del edificio de la Corte Suprema de Estados Unidos, en Washington, el 30 de junio de 2026, para entregar a la prensa el fallo sobre la ciudadanía por nacimiento. El máximo tribunal del país ratificó una interpretación amplia de ese derecho y rechazó la orden ejecutiva del presidente Donald Trump que negaba la ciudadanía estadounidense a los hijos de personas que se encuentran en el país de forma ilegal o temporal. (Foto de OSV News/Cheney Orr, Reuters)
El 30 de junio, la Corte Suprema de los Estados Unidos anuló la orden ejecutiva del presidente Donald Trump que limitaba la ciudadanía por nacimiento, al determinar que la orden violaba la Decimocuarta Enmienda de la Constitución del país.
Esta sentencia, que constituye una pieza clave de sus esfuerzos por restringir la inmigración, supone una derrota para Trump, quien incluso asistió en persona a las audiencias orales del caso Trump vs. Barbara. Esto marcó la primera vez que un presidente en ejercicio fue a audiencias orales de un caso de la Corte Suprema, según registros del alto tribunal y de la organización sin fines de lucro Supreme Court Historical Society.
En nombre de la mayoría, el presidente de la Corte Suprema, John Roberts, escribió: "La ciudadanía, tanto entonces como ahora, era el derecho a tener derechos: a participar libremente en nuestra comunidad política".
Citando comentarios del senador Lyman Trumbull, uno de los impulsores de la Ley de Derechos Civiles de 1866, que dio lugar a la Decimocuarta Enmienda, Roberts escribió: "Los redactores de la 14.ª Enmienda extendieron esa promesa a ‘toda persona nacida libre en esta tierra’. Hoy mantenemos esa promesa".
El caso se refería a una orden ejecutiva firmada por Trump a pocas horas de regresar al Despacho Oval el 20 de enero de 2025, que buscaba cambiar la interpretación jurídica tradicional de la Decimocuarta Enmienda, la cual establece: "Todas las personas nacidas o naturalizadas en Estados Unidos, y sujetas a la jurisdicción de los mismos, son ciudadanos de Estados Unidos y del estado en el que residen".
La orden de Trump, que formaba parte de los esfuerzos más amplios de su administración para restringir la inmigración, buscaba poner fin a la ciudadanía por nacimiento para los niños nacidos en los EE.UU. de padres que carecieran de estatus legal permanente o que fueran titulares de visas temporales. La orden establecía que, a los 30 días de la fecha de la orden ejecutiva, solo los niños nacidos de al menos un padre ciudadano estadounidense o residente permanente legal adquirirían automáticamente la ciudadanía. La medida fue impugnada de inmediato ante los tribunales.
Anteriormente, la Corte Suprema limitó la capacidad de los jueces federales para emitir mandamientos judiciales a nivel nacional contra la orden mientras se desarrolla el litigio al respecto, pero no abordó directamente el fondo de la orden en sí.
La administración de Trump había argumentado anteriormente, en defensa de la orden, que la frase "sujetas a la jurisdicción de los mismos" hace que la orden presidencial sea legal, a pesar de la interpretación jurídica de larga data de que a los niños nacidos en EE.UU. se les otorga la ciudadanía con solo contadas excepciones.
Sin embargo, Roberts escribió: "La palabra ‘jurisdicción’ no era en absoluto desconocida para quienes redactaron y ratificaron la Decimocuarta Enmienda. El Congreso optó por utilizar un término jurídico establecido y la cláusula debe interpretarse desde esa perspectiva".
A la opinión de Roberts se sumaron las magistradas Amy Coney Barrett, Sonia Sotomayor, Elena Kagan y Ketanji Brown Jackson. El magistrado Brett Kavanaugh presentó una opinión en la que coincidía con el fallo, pero discrepaba en parte. Los jueces Samuel Alito, Clarence Thomas y Neil Gorsuch disintieron.
En su propia opinión, Kavanaugh escribió que no está de acuerdo con la conclusión de la corte de que la orden viola la Decimocuarta Enmienda, sino que argumentó que es ilegal porque contraviene una ley federal que rige la ciudadanía por nacimiento en virtud de dicha Enmienda, la cual especifica circunstancias particulares bajo las cuales se otorga la cudadanía al nacer de acuerdo con dicha enmienda.
"El Congreso podría --en consonancia con la Decimocuarta Enmienda-- enmendar el artículo 1401(a) o promulgar nueva legislación que establezca excepciones a la ciudadanía por nacimiento para los hijos de ciudadanos extranjeros que se encuentren en el país de manera ilegal o temporal", señaló. "Pero el Congreso aún no lo ha hecho".
En nombre de la minoría, Thomas argumentó que el fallo de la mayoría "se suma a la triste historia de la Decimocuarta Enmienda, que fue diseñada y entendida para garantizar la igualdad de derechos a los negros liberados, pero que, en cambio, ha sido reutilizada para proyectos políticos que el Congreso de la Reconstrucción no apoyó".
Trump, en una publicación en su red social Truth Social, argumentó: "La Corte Suprema confirmó la ciudadanía por nacimiento, lo cual es una lástima para nuestro país, pero podemos compensarlo fácilmente en el Congreso mediante una ley, con el apoyo del presidente, tal como se ha determinado ahora durante este proceso".
"¡No se necesita ninguna enmienda constitucional larga y engorrosa! El Congreso debería comenzar HOY MISMO a trabajar para poner fin a la ciudadanía por nacimiento, que es costosa e injusta para nuestro país. ¡Contarán con mi apoyo completo y total!", afirmó.
Sin embargo, no quedó claro de inmediato cuál sería el camino a seguir para dicha legislación en el Congreso, ya que una propuesta de este tipo necesitaría obtener el apoyo suficiente para superar el umbral de 60 votos del Senado necesario para evitar el obstruccionismo, a fin de llegar al escritorio de Trump.
Ashley Feasley, experta jurídica residente en la Iniciativa de Derecho y Política Migratoria de la Facultad de Derecho Columbus de The Catholic University of America, declaró a OSV News: "El dictamen de hoy es una victoria para los niños inmigrantes nacidos en Estados Unidos".
La opinión de Roberts, señaló, "aunque se centra en el análisis constitucional, la historia y la tradición, concuerda con la postura de los obispos, quienes señalaron en su escrito amicus curiae sobre el caso que la ciudadanía por nacimiento se alinea con la doctrina de la Iglesia, ya que considera que ‘el nacimiento dentro de una comunidad es una base suficiente y objetiva para la pertenencia política’".
J. Kevin Appleby, investigador principal de políticas y comunicaciones del Centro de Estudios Migratorios de Nueva York y exdirector de política migratoria de la Conferencia de Obispos Católicos de los Estados Unidos, declaró a OSV News: "Esta decisión demuestra que, a la hora de la verdad, la Constitución conserva su autoridad y sigue guiando a nuestra república de 250 años de antigüedad. También envía un mensaje al gobierno de que, para cambiar la Constitución, hay que seguir un proceso de enmienda constitucional, no solo usar un bolígrafo".
"La orden ejecutiva que fue anulada nos habría devuelto a una sociedad de dos niveles, en la que un grupo carecería de nacionalidad y no tendría derechos en nuestra democracia", dijo. "Los jueces, acertadamente, no llevaron a la nación de regreso a esa época".
La doctrina social católica sobre la inmigración se basa en tres principios interrelacionados: el derecho de las personas a migrar para subsistir y mantener a sus familias, el derecho de un país a regular sus fronteras y controlar la inmigración, y el deber de una nación de regular sus fronteras con justicia y misericordia.
Anna Gallagher, directora ejecutiva de Catholic Legal Immigration Network (CLINIC), declaró: "Nos sentimos aliviados y agradecidos de que la Corte Suprema haya defendido este derecho, que es tan importante para nuestra identidad como nación y para salvaguardar la justicia y la dignidad humana".
"En nuestro escrito amicus curiae, explicamos cómo los valores de la doctrina social católica, las realidades particulares de la inmigración indocumentada en Estados Unidos y la historia jurídica de nuestra nación hacen que mantener la tradición de la ciudadanía por nacimiento sea el resultado más justo de este caso", señaló. "Nos alegra recibir una decisión que brindará alivio a las familias migrantes y a nuestra red. Esta es una victoria para los migrantes y una victoria para la justicia".
La Conferencia de Obispos Católicos de los Estados Unidos y CLINIC habían presentado previamente un escrito amicus curiae en el caso, argumentando que poner fin a la práctica de la ciudadanía por nacimiento debilitaría a las familias y correría el riesgo de dejar a los niños apátridas, convirtiéndolos así en blanco de violencia, tráfico y explotación.
"El principio de la ciudadanía por nacimiento está firmemente arraigado en la tradición jurídica occidental, consagrado en la Decimocuarta Enmienda y reafirmado por los precedentes de esta Corte", señaló el documento. "También está igualmente fundamentado en las enseñanzas de la Iglesia, que afirman la dignidad inherente de toda persona humana, especialmente del niño inocente".
Appleby declaró a OSV News: "Creo que la voz de la Iglesia marcó la diferencia en este caso".
"Esta es una victoria para la dignidad humana y para la vida humana", dijo, y agregó que el fallo es algo que podrían celebrar "los católicos de todas las tendencias políticas".